Todo lo que debes saber sobre el certificado energético

Escrito por fernando on junio 30, 2016  /  in Certificado Energético  /  Comments off

Según el Real Decreto aprobado el pasado 5 de abril de 2013 todas las viviendas disponibles para la venta o alquiler deben de disponer de un certificado de eficiencia energética.

De no cumplir con las exigencias del decreto, las sanciones que se le pueden aplicar al vendedor van de los 300 hasta los 600.000 euros.

El objetivo con el que nació el certificado era el de facilitar al comprador o futuro inquilino la comparación de la eficiencia energética entre inmuebles antes de realizar la compra del inmueble o alquilarlo. El certificado está formado por una escala de siete letras (de la A a la G) y mediante la cual se hace constar el nivel de emisiones de CO2 comparándolo con las dimensiones del edificio.

 ¿Cómo se calcula el grado de eficiencia energética de un inmueble?

Se trabaja sobre los consumos energéticos de un inmueble en condiciones de uso normales  y de ocupación. Como consumos normales se tiene en cuenta la calefacción, ventilación, iluminación y generación de agua caliente. Con estos consumos se entiende que se aseguran unos estándares mínimos de confort que permiten el desarrollo de una actividad normal en un inmueble.

En la parte práctica, el indicador es muy simple y se basa en la siguiente fórmula: Kg de CO2 emitidos al año dividido por los metros cuadrados de la vivienda. Una vez obtenido el ratio se le asigna una letra: los ratios más bajos (inferiores a 6,8 Kg de CO2 año / m2) se les asigna la letra A. El límite por debajo, correspondiente a la letra G, se les asigna a los ratios superiores a los 70,9 KG de CO2 al año.

Por norma general prácticamente todos los edificios puestos a la venta o en alquiler deben cumplir con el requisito de contar con un certificado de eficiencia energética. Existen algunas excepciones pero son muy puntuales y poco representativas.

También están obligados los edificios de nueva construcción.

Este certificado deben tramitarlo los propietarios del inmueble y deben ponerlo a disposición de los posibles compradores o inquilinos en el momento en el que se lleva a cabo la transacción inmobiliaria (en el caso de las compraventas) y entregar una copia al inquilino en el caso de los alquileres.

El propietario podrá elegir el ingeniero o arquitecto que desee para que lleve a cabo el proceso de certificación. No existe un precio estipulado por ley, el profesional es libre de marcar el coste de sus servicios.

Es de vital importancia que llevemos a cabo la operación inmobiliaria en cuestión 8ya sea una compraventa o un alquiler) cumpliendo con la normativa, ya que el hecho de no contar con el certificado energético del inmueble puede acarrear sanciones que van desde los 300 euros en caso de las sanciones leves hasta los 6.000 euros en el caso de las sanciones muy graves.

Desde CugatCasas, Inmobiliaria en Sant Cugat del Vallés con una amplia experiencia profesional en el sector inmobiliario, podemos gestionarle el certificado energético de su inmueble, sabiendo que contará con todas las garantías que ofrecen nuestros consultores inmobiliarios.

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